Antonio Sánchez Hurriaga responde en Diario Médico a una consulta indicando que para que se pueda encontrar asociación con un acto médico y un daño debe haber no solo una vinculación causal con la actuación profesional médica, sino que ha de ser la materialización de un riesgo típico o asociado a ella. Cada paciente debe recibir información antes de la realización de la intervención para poder así otorgar su libre consentimiento. Si falta tal información previa surge la obligación de indemnizar. Cita una sentencia del Tribunal Supremo de 16 de enero de 2012 que señala que “la relación de causalidad se debe establecer entre la omisión de la información y la posibilidad de haberse sustraído a la intervención médica cuyos riesgos se han materializado”.
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